Cobertura:Gastos por servicio de sepelio. Están excluidos el gasto de cremación y/o traslado.
Existen dos modalidades de cobertura:
Servicio de Sepelio:
Contratado con la Asociación de Empresas de Servicios Fúnebres de la Provincia de Santa Fe que cubre toda la provincia (desde 08/2011).
La cobertura por Sepelio a través del Servicio Fúnebre permite NO erogar dinero alguno en el momento del fallecimiento.
Abonar los gastos de sepelio en forma particular y luego solicitar el subsidio ocasiona mayores erogaciones para los Afiliados, ya que les cobran valores superiores a los acordados por OSPAC.
Subsidio por Sepelio (desde 10/1993):
Se abonará a las personas físicas que acrediten haber sufragado los gastos de sepelio, siempre y cuando el servicio lo haya realizado alguna empresa que no pertenezca a la Asociación de Empresas de Servicios Fúnebres de la Provincia de Santa Fe, debiendo presentar factura abonada. En caso de tener cobertura de otra entidad o seguro, el Subsidio será abonado a los integrantes del grupo familiar primario, a quienes se les liquidará en el orden y proporción establecidos en el Código Civil.
Aclaraciones para la solicitud de Subsidio por sepelio:
En caso de menor de edad debe presentar venia judicial autorizando a percibir la parte correspondiente al menor; uno o varios de los herederos pueden ceder la parte que le corresponde a uno de los herederos, para ello deben presentar una nota expresando esa solicitud con la firma de cada uno de ellos debidamente certificada.
En la documentación en que sea necesaria la certificación de firma, la misma puede ser realizada ante funcionario de Ospac, Autoridad Policial, Juez de Paz. En el archivo (PDF) adjunto [OSPAC - Cobertura de Sepelio] se encuentra el listado de empresas de servicio fúnebre pertenecientes a la Asociación de Empresas de Servicio Fúnebre de la Provincia de Santa Fe. (Ordenadas por localidad).
En el archivo (PDF) adjunto [OSPAC - Subsidio por gastos de sepelio] se encuentra detallada la documentación a presentar.