- Elevar el monto que se abona, conjuntamente con los beneficios jubilatorios y de pensión, en concepto de “Tercer Contribuyente” a $ 1.000 a partir del mes de octubre/18.
- Disponer una Bonificación Extraordinaria, procedente de la recaudación de estampillado, de $ 1.000 para los afiliados Pasivos, que se abonará conjuntamente con los beneficios jubilatorios y de pensión correspondientes a los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2018.
Esta medida se logra gracias a la gestión en materia de estampillado y tercer contribuyente, lo que permite mejorar los beneficios sin aumentar el aporte que realizan los afiliados activos.
Enel siguiente cuadro se detalla, a título de ejemplo, el beneficiocorrespondiente a una jubilación ordinaria íntegra –mínima-, habiéndoseefectuado los aportes al 100% de las distintas categorías aportativas.
PERIODO |
JUBILACION (100 M.P.B) |
ESTAMP. |
EXTRAORD. |
3º CONTRIB. |
SUBTOTAL |
S.A.C. (Aguinaldo) |
HABERES TOTALES |
oct-18 |
15.400,00 |
2.650,00 |
1.000,00 |
1.000,00 |
20.050,00 |
- |
20.050,00 |
nov-18 |
16.000,00 |
2.650,00 |
1.000,00 |
1.000,00 |
20.650,00 |
- |
20.650,00 |
dic-18 |
16.000,00 |
2.650,00 |
1.000,00 |
1.000,00 |
20.650,00 |
8.000,00 |
28.650,00 |