Sr./Sra. Afiliado, el Directorio de la Caja de Seguridad Social para los Profesionales del Arte de Curar de la Provincia de Santa Fe ha aprobado, con la Resolución Nº 99.112 (aprobada a su vez por el Consejo de Representantes) el nuevo sistema de aportes mensuales previsionales.
La OPCIÓN se realizará desde el 15 de Octubre 2019 hasta el 20 de Diciembre del 2019 (originalmente hasta el 30 de Noviembre del 2019) para que se vea impactada en su chequera a partir del 1º de Enero del 2020.
El mismo representa un cambio de paradigma trascendental para la entidad, a través del cual se introduce una nueva variable para la determinación de los aportes previsionales, teniendo en cuenta para ello - los ingresos reales de cada afiliado (su capacidad económica/contributiva) de acuerdo a la categoría en la que se encuentren inscriptos ante la AFIP.
Concretamente, el afiliado que se encuentre inscripto ante la AFIP en las categorías A, B, C y D del monotributo tendrá el derecho de optar por aportar al 50% de la escala que le corresponde en esta entidad, debiendo para ello hacer expresa manifestación de voluntad, antes del 30/11/2019.
Idéntico derecho tendrá el afiliado que se encuentre como Responsable Inscrito ante dicho organismo, que cumplimente a su vez con los siguientes requisitos, a saber: presentar la declaración jurada de ganancias (F. 711), considerando – exclusivamente – el resultado neto del año calendario y de la actividad profesional, al cual se le deducirá ganancia no imponible y deducción especial, restándosele a ese neto el impuesto a las ganancias determinado en dicho ejercicio.
El monto final resultante deberá ser igual o inferior al tope de ingreso anual para la categoría D del monotributo, para poder optar al 50% de la escala que le corresponde en esta entidad.
Aquellos afiliados que no se encuadren dentro de los parámetros antes indicados, deben aportar al 100% de la escala correspondiente.
La opción que cada afiliado (que se encuentre habilitado) efectúe, determina el porcentaje de aportes por el año calendario (Enero a Diciembre), debiendo renovar su manifestación de voluntad todos los años, siempre y cuando cumpla con los requisitos expresados.
Los periodos aportados al 50% de la escala respectiva (por edad), serán computados al momento de hacer efectivo el beneficio previsional en idéntico porcentaje (50%).
Adjuntos a la presente, encontrarán la siguiente información:
1) Resolución de Directorio nro. 99.112
2) Aprobación de dicha resolución por parte del Consejo de Representantes.
3) Instructivo Afiliados Responsable Inscripto en Ganancia e IVA.
4) Formulario de manifestación de voluntad para aportar al 50% de la categoría que le corresponde, que se encuentra en el Sitio de AFILIADOS (hacer click AQUI para ingresar), menú "Mis Gestiones", opción "Descargas". En caso de no tener una cuenta en dicho sitio, puede registrarse accediendo al siguiente link.