Beneficio previsional que gozan los afiliados
- Con 30 años de aportes al sistema.
- Que tienen 65 años (100 módulos habiendo aportado al 100% de la categoría correspondiente).
Nuestro nexo con las necesidades del Afiliado
Beneficio previsional que gozan los afiliados
Beneficio previsional que gozan los afiliados incapacitados física o intelectualmente en forma absoluta y permanente.
Invalidez total por enfermedad o accidente, pérdida de por lo menos el 66% de capacidad física o intelectual, para ejercicio actividad profesional. (100 MPB aportando al 100% de la categoría correspondiente).
Beneficio previsional que gozan los afiliados
Se incrementó la bonificación referida en los arts. 63 y 64 de la Ley 12.818 a 4 M B por cada año excedido de afiliación con aportes, con tope de 40 módulos previsionales -art. 65 ley 12.818-.
Beneficio previsional para los Profesionales que
Es el beneficio que deriva del fallecimiento de un afiliado activo o jubilado, que goza (entre otros) el cónyuge supérstite del afiliado fallecido (80% del monto de la jubilación).
Es el beneficio que goza aquel afiliado que, producto de una contingencia, se encuentra transitoriamente imposibilitado de ejercer su profesión, por lo cual, luego de cumplimentar los requisitos necesarios, se le otorga el subsidio de referencia. (3 MPB diarios).
Cobertura de Cartilla según el plan.
100 % cobertura de: Pretrasplante, Trasplante y Postrasplante.
Plan A: Cobertura según PMO.
Plan B: 100% cobertura valor menor de 3 presupuestos.
Sólo Plan B y mayores de 13 años.
100% cobertura 2 implantes al año. Prestaciones anexas, reconocimiento según valores del plan.
Los afiliados cuentan con servicio de Asistencia al viajero en todo el territorio nacional (a más de 100 km. de su domicilio). Para más información comunicarse al:
100% cobertura del Plan Terapéutico aprobado y de acuerdo a valores de la Ley Nacional de Discapacidad.
Cobertura del Sepelio.
Con otra cobertura, subsidio valor acordado con Cámara Servicios de la Provincia.
Hasta $ 425.000,00. Hasta 24 meses.
Hasta $ 170.000,00. Hasta 36 meses.
S/Gtía cuota hta. 20% beneficio.
Hasta $ 425.000,00. Hasta 24 meses.
S/Gtía cuota hta. 20% beneficio.
C/Gtía hasta $ 425.000,00.
Hasta $ 425.000,00. Hasta 24 meses. Afiliados OSPAC.
Activos:
Jubilados:
Beneficio previsional que gozan los afiliados
Nuevo Sistema de Estampillado: Beneficio para Jubilados y Activos.